A partir del 5 de febrero del 2020 y por disposición oficial, las tiendas de autoservicio, cadenas comerciales, mercados, tianguis y tiendas de conveniencia, tienen prohibido entregar bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel de un sólo uso.
Tenango del Valle, EDOMEX.- A fin de dar cumplimiento a las prohibiciones establecidas en las fracciones I y II del artículo 145 del Bando Municipal y atender las recomendaciones de la agenda 2030, queda prohibido que tiendas de autoservicio, cadenas comerciales, mercados, tianguis y tiendas de conveniencia, entreguen bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel de un sólo uso.
Las bolsas que podrán utilizarse deberán incorporar un porcentaje mínimo, del 30 por ciento de material reciclado y su fabricación deberá ser con materiales de tecnología que permitan su ágil degradación acorde a la norma NMX-E-267 o las que la sustituyan.
Aunque esta práctica tomará tiempo entre la ciudadanía, e incluso molestias, es necesario generar conciencia sobre la importancia de ir eliminando el uso de plásticos, por lo que el Ayuntamiento hace un llamado para que juntos, sociedad y gobierno contribuyan con un granito de arena en pro del entorno ecológico.
Y aunque para algunos suene un tema fuera de la realidad, porque cuestionarán dónde queda la contaminación de los vehículos, de las fabricas, la quema de pastizales o el desperdicio del agua, sólo por mencionar algunos, si es necesario dar el primer paso y visualizar que es posible frenar el daño que ya está hecho.
El actual gobierno que preside Pablo Iván Guadarrama, en coordinación con la comisión edilicia de Prevención y Restauración del Medio Ambiente, han implementado acciones que conllevan a la protección, conservación y preservación del medio ambiente; dichas medidas no representan una ocurrencia, pues están alineadas con los objetivos de Desarrollo Sostenible de la agenda 2030, impulsada por la Organización de las Naciones Unidas.
Y tanto es el daño que los humanos hemos causado en los últimos años, que en la Agenda 2030, en el Art. 145, hace referencia al establecimiento de las medidas necesarias para la protección del medio ambiente, así como la administración de los residuos domiciliarios e industriales, ello como una medida urgente para aminorar los efectos nocivos hacia la naturaleza; en este sentido la insistencia de reducir el uso de plásticos, popotes y unicel y dar paso al uso de utencilios reutilizables.